TERMINOS Y CONDICIONES DEL ALQUILER

CAR TRES MOTOR S.A.L., por este contrato alquila al arrendatario firmante el vehículo descrito en el anverso (de ahora en adelante el Vehículo) en los términos y condiciones especificadas en este contrato, según el cual las partes pactan y convienen:

Que el arrendatario devolverá el Vehículo, junto con todos sus neumáticos, documentos, herramientas, accesorios, radio y equipo en la delegación de CAR TRES MOTOR S.A.L., ciudad y dirección donde el vehículo fue arrendado. Si el arrendatario desea seguir con el vehículo deberá hacer un nuevo contrato en la sede de CAR TRES MOTOR S.A.L..

El arrendatario recibe el vehículo en perfectas condiciones de utilización, se compromete a no efectuar ninguna modificación en su estructura, a no montar baca sobre su techo ni a transportar equipajes ni mercancías sobre el mismo y se hace cargo del gasto de toda la gasolina ó gas-oil consumido durante el tiempo de arrendamiento.

El arrendatario no cederá venderá, hipotecará o pignorará el Vehículo o las herramientas o equipo de cualquier parte del mismo y de ninguna manera y en ningún caso utilizará el Vehículo a modo que pugne con el derecho de propiedad del Arrendador. Queda expresamente prohibido el subarriendo del Vehículo, sea del tipo que fuere.

El Vehículo no será utilizado:

a/ Para empujar o remolcar cualquier vehículo o remolque.

b/ Para pruebas deportivas o entrenamientos de cualquier modalidad y pruebas de resistencia de materiales, accesorios o productos para automóviles debiendo el arrendatario abonar al Arrendador el importe sin limite, de cualquiera de los daños ocasionados en la carrocería o mecánica del Vehículo por tal indebida utilización. Se prohibe la utilización del vehículo para pruebas comparativas de vehículos, test o demostraciones de cualquier tipo.

c/ Por personas bajo la influencia de bebidas alcohólicas, de narcóticos y en general de cualquier tipo de drogas, o medicamentos perjudiciales para una correcta conducción, El Vehículo será conducido únicamente por el Arrendatario y conductor que figure en el contrato.

d/ Para vehículos de pasajeros no podrán exceder del número de plazas indicado en la Ficha Técnica y Póliza de Seguro, ni tampoco podrá transportar mercancías ni materiales peligrosos o no peligrosos que prohiba cualquier ley reglamento u ordenanza, además es obligación del arrendatario la obtención de sus expensas de las autorizaciones y permisos necesarios para el transporte de pasajeros cuando así venga establecido por cualquier ley reglamento u ordenanza.

e/ En caso de un vehículo comercial no podrá transportar más pasajeros, y peso de carga que indique la Ficha Técnica y Póliza de Seguro, ni tampoco podrá transportar mercancías o materiales peligrosos o no peligrosos que prohiba cualquier ley reglamento u ordenanza, y además es obligación del arrendatario la obtención a sus expensas de las autorizaciones y permisos necesarios para transportes de mercancías cuando así venga establecido para cualquier ley reglamento u ordenanza.

f/ El conductor del vehículo deberá tener cumplidos los 25 años de edad y estar en posesión del permiso de conducir, al menos con dos años de antigüedad.

5. El arrendatario se compromete expresamente a pagar al Arrendador:

a/ El cargo correspondiente a los kilómetros recorridos, según precio de contrato (el número de Kilómetros recorridos por el Vehículo durante el tiempo del arrendamiento se determinará por la lectura del cuentakilómetros instalado por el fabricante; en caso de que el cuentakilómetros se estropease, fuera roto o manipulado el cuadro, o precinto, pagará un mínimo de 1.000 kilómetros día.

b/ Todos los importes de alquiler y kilómetros adicionales se les aplicará el IVA correspondiente.

c/ Todos los gastos judiciales y de abogados por reclamaciones del Arrendador al Arrendatario.

d/ El importe o diferencia del valor de toda rueda de repuesto, neumático, herramienta, accesorios, equipo de radio, o cualquier otro elemento, que al término del alquiler falte del Vehículo o hay sido sustituido por otro, aclarándose expresamente que cualquier falta o sustitución no está cubierta por la póliza del seguro siendo el Arrendatario responsable de la misma.

El seguro de este vehículo es por cuenta y cargo del arrendador, que se compromete a facilitar copia de la póliza y primer recibo y en su caso de los sucesivos vencimientos.

El arrendatario releva al Arrendador de toda responsabilidad por pérdida o daños que se produzcan en objetos dejados, guardados o transportados por el Arrendatario o cualquier otra persona dentro o sobre el Vehículo objeto del Contrato, durante el tiempo de vigencia del mismo, o después de la devolución del Vehículo. El arrendatario conviene en defender e indemnizar al Arrendador de toda reclamación basada en tales supuestos.

En caso de divergencia o pleito entre las partes a propósito de este Contrato, éstas acuerdan someterse a la jurisdicción de los Tribunales de Madrid.

El arrendatario será responsable de todos aquellos daños mecánicos y otros cuales quiera no cubiertos por la póliza de seguros y derivados del mal uso, falta de precauciones y en general todo tipo de negligencias que ocasionen desperfectos en el Vehículo, debiendo abonar el importe correspondiente a todos aquellos que se ocasionen por dichos conceptos.

Por cuenta del Arrendatario serán los pinchazos y demás daños que se ocasionen a los neumáticos, independiente de haber contrato de seguros.

Si este alquiler debe cargarse en una tarjeta de crédito o de cargo, mi firma mas abajo autoriza al arrendador para que cargue el importe total final contra mi cuenta con la entidad emisora de la tarjeta y se considera como hecha en la nota de cargo de dicha entidad.

 

ACEPTO Y ME RESPONSABILIZO DE TODAS LAS CONDICIONES DE ESTE CONTRATO


EL ARRENDADOR EL ARRENDATARIO
   

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